¿Quién está llamado a heredar?
Las herencias en Andalucía pueden parecer complicadas, pero con la ayuda de SG24 Consultores conocerás todos los pasos, plazos e impuestos que debes tener en cuenta. Cuando una persona fallece en Andalucía y tú eres beneficiario de la herencia, pasas a ser heredero o legatario. Según la normativa de la Agencia Tributaria de Andalucía, los “sujetos pasivos” del impuesto de sucesiones son los herederos y legatarios.
Es fundamental distinguir si perteneces al Grupo I o II (hijos, cónyuge, ascendientes) o a grupos más alejados, porque las ventajas fiscales varían considerablemente.
En SG24 Consultores te orientamos desde el primer momento para que sepas qué documentos necesitas y qué beneficios fiscales puedes aplicar en tu caso.
Pasos clave al aceptar una herencia en Andalucía
1. Aceptación de la herencia
Debes decidir si aceptas la herencia pura y simplemente o a beneficio de inventario (esta opción te protege frente a posibles deudas del fallecido).
2. Obtener certificados y documentos necesarios
Necesitarás el certificado de defunción, de últimas voluntades, copia del testamento (si existe) y DNI del fallecido y de los herederos.
3. Inventario de bienes y deudas
Haz una valoración completa de bienes, cuentas, inmuebles y deduce las deudas existentes para conocer el valor real de la herencia.
4. Liquidación del impuesto de sucesiones
En Andalucía debes presentar el modelo 660 (declaración de datos) y, por cada heredero, el modelo 650 (autoliquidación del impuesto).
➡️ Más información oficial en la Junta de Andalucía:
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones – Junta de Andalucía
5. Plazo de presentación
Dispones de 6 meses desde el fallecimiento para presentar la autoliquidación. Puedes pedir una prórroga de otros seis meses si lo solicitas antes de que venza el plazo inicial.
6. Partición, adjudicación y registro
Una vez aceptada y liquidada la herencia, se reparte entre los herederos e inscriben los bienes en el Registro de la Propiedad.
¿Cuánto se paga de impuesto en Andalucía?
Base imponible y tarifa general
La base imponible es el valor neto de lo heredado (bienes menos deudas). A esta cantidad se le aplica una tarifa progresiva estatal ajustada por la normativa autonómica.
Bonificaciones y reducciones
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Para hijos, cónyuge y ascendientes (Grupos I y II): reducción de hasta 1.000.000 € sobre la base imponible.
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Bonificación de hasta el 99 % de la cuota en Andalucía.
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Para otros familiares (hermanos, sobrinos, etc.) la reducción es menor (unos 250.000 €) y la bonificación más baja.
Ejemplo:
Si un hijo hereda 800.000 € de su padre, se aplica la reducción de 1.000.000 €. Resultado: no paga impuesto, al quedar la base imponible a 0 € y aplicarse la bonificación del 99 %.
En SG24 Consultores analizamos cada caso para comprobar qué reducciones y bonificaciones son aplicables y cómo ahorrar al máximo en el Impuesto de Sucesiones.
Requisitos para beneficiarse de las ventajas fiscales
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Declarar y presentar el impuesto dentro del plazo (6 meses o con prórroga).
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El fallecido debe haber tenido su residencia habitual en Andalucía.
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Mantener los bienes heredados durante el plazo mínimo exigido (generalmente 3 años).
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Acreditar el grado de parentesco con el fallecido.
Trámites prácticos recomendados
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Acudir al notario para abrir el testamento o iniciar la declaración de herederos.
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Solicitar los certificados oficiales (defunción, últimas voluntades, seguros).
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Valorar los bienes (viviendas, cuentas, vehículos, acciones…).
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Asesorarse con un abogado o fiscalista especializado en herencias en Andalucía.
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Presentar los modelos 660 y 650 en la ATRIAN dentro del plazo.
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Inscribir los inmuebles heredados en el Registro de la Propiedad.
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Mantener la documentación y justificantes de todos los pagos y gestiones.
En SG24 Consultores nos encargamos de todo el proceso para que no tengas que preocuparte de trámites ni plazos.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Qué pasa si no presento el impuesto en plazo?
Se aplican recargos e intereses de demora. Es posible solicitar una prórroga para evitar sanciones.
¿Y si heredo de un hermano o tío?
Las reducciones son mucho menores. En estos casos el impuesto puede ser significativo.
¿Es mejor heredar o donar en vida?
Depende del caso. En Andalucía la herencia entre familiares directos es muy ventajosa, pero conviene analizar cada situación.
¿Dónde y cómo se paga el impuesto?
A través de la Agencia Tributaria de Andalucía (ATRIAN) presentando los modelos 660 y 650, presencial o telemáticamente.
Conclusión: deja tu herencia en manos de expertos
Si vas a heredar en Andalucía, debes saber que la comunidad ofrece una de las fiscalidades más favorables de España para familiares directos.
Gracias a las reducciones de hasta 1 millón de euros y bonificaciones del 99 %, muchas herencias resultan prácticamente exentas.
Eso sí, cumplir los plazos y requisitos es fundamental para evitar sanciones y aprovechar los beneficios fiscales.
💡 En SG24 Consultores somos especialistas en herencias y sucesiones en Andalucía.
Te ayudamos a gestionar toda la documentación, calcular los impuestos y presentar los modelos correctamente para que heredar sea un proceso fácil y sin sobresaltos.
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Fuentes:
Junta de Andalucía – Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Ministerio de Hacienda – Información sobre el Impuesto de Sucesiones