El Tribunal Supremo, en la Sentencia 1250/2024, de 18 de noviembre de 2024, establece una nueva doctrina sobre el despido disciplinario en España. Según esta sentencia, el empleador está obligado a permitir que el trabajador se defienda de los cargos en su contra antes de proceder al despido, aplicando directamente el artículo 7 del Convenio núm. 158 de la OIT, que está vigente en España desde 1986. Este cambio implica una modificación de la doctrina previa del Tribunal, vigente desde los años ochenta, justificada por la evolución del ordenamiento jurídico español, la Ley de Tratados Internacionales de 2014, y la adaptación a la normativa internacional.
La sentencia precisa que la obligatoriedad de la audiencia previa al despido será aplicable únicamente a despidos realizados tras la publicación de la misma, manteniendo la validez de la normativa anterior para casos previos. Este cambio refleja la creciente importancia del control de convencionalidad en España, ajustando la legislación nacional a estándares internacionales de protección de los derechos de los trabajadores.
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